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Revista Física Medica

 
 

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DIRECTORES/ OPERADORES INSTALACIONES DE RADIODIAGNOSTICO.

 

Cursos Homologados Tasas Normas

Cursos

1.- CURSO: SUPERVISORES DE INSTALACIONES RADIACTIVAS ( AREA BASICA/ RADIOTERAPIA/ MEDICINA NUCLEAR/ LABORATORIO FUENTES NO ENCAPSULADAS)

LUGAR DE CELEBRACION: Hospital Clinico de Santiago de Copmpostela.
DIAS: 2 al 27 de marzo de 2009.
CARTEL DEL CURSO
CIUDAD: Santiago de Compostela- La Coruña.
DIRECTOR: Miguel Pombar Camean.
TELEFONO: 981 95 09 68.

2.- CURSO: OPERADORES DE INSTALACIONES RADIACTIVAS (LABORATORIOS CON FUENTES NO ENCAPSULADAS)

LUGAR DE CELEBRACION: Hospital Vall de Hebron , VALHEMEN, Asociacion de profesionales de Medicina Nuclear) .
DIAS: 12 al 27 de marzo de 2009.
CIUDAD: Barcelona .
DIRECTOR: Jesus Sotil Baylos.
TELEFONO: 93 489 41 17 .

3.- DIRECTORES DE DE INSTALACIONES DE RADIODIAGNÓSTICO

LUGAR DE CELEBRACION: HOSPITAL UNIVERSITARIO VALLE HEBRON (ICS)
DIAS: 20 al 29 de abril de 2009.
CIUDAD: Barcelona.
DIRECTOR: Jesus Sotil Baylos.
TELEFONO: 93 489 41 17

Tasas

 

Normas

Los cursos de acreditación de directores y operadores de instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico en las modalidades de rediodiagnóstico general y radiodiagnóstico dental, se impartirán de acuerdo con los datos contenidos en el protocolo e información adicional siguiente:

1. El único interlocutor de la Sociedad Española de Física Médica con el Consejo de Seguridad Nuclear será Leopoldo Arranz y Carrillo de Albornoz, Director Técnico de todos los cursos que presente la SEFM al Consejo de Seguridad Nuclear.

2. Los directores técnicos locales (Directores) serán los Jefes de Protección Radiológica de los distintos hospitales del ámbito nacional o en su defecto, personas con experiencia reconocida en el área de protección radiológica de al menos cinco años y socios de la SEFM.

3. Los profesores de clases teóricas de cada curso presentarán al Director Técnico un pequeño curriculum que será certificado por cada Director, con una experiencia de al menos dos años para la impartición de clases teóricas. Asimismo, las clases prácticas podrán ser impartidas por radiofísicos hospitalarios en formación, bajo la supervisión de algún profesor de clases teóricas del curso.

4. Las instalaciones donde se realicen las practicas estarán debidamente autorizadas según la legislación vigente.

5. El examen será tipo test con cuatro respuestas. El de operadores constará de 60 cuestiones como mínimo. Asimismo, el de supervisores/ directores tendrá 100 cuestiones.

6. Los cambios que afecten al profesorado, medios materiales, programa o sistema de evaluación habrán de contar con la aprobación expresa de la Dirección Técnica del Consejo de Seguridad Nuclear, de acuerdo con el Apartado Sexto de la Resolución de 5 de noviembre de 1992 del Consejo de Seguridad Nuclear.

7. La Sociedad Española de Física Médica mantendrá a disposición del Consejo de Seguridad Nuclear, a partir del primer día de cada curso, copia compulsada del título o certificado académico requerido a los alumnos, de acuerdo con el Artículo 14 del Real Decreto 1891/1991 de 30 de diciembre y al apartado quinto de la Resolución citada.

8. Para la impartición de las prácticas, los alumnos se distribuirán en grupos, limitándose en seis alumnos el número máximo de alumnos de cada grupo.

9. En los primeros diez días de cada mes, se remitirá a este Organismo una relación con el personal que el mes anterior haya aprobado los cursos homologados, en cumplimiento de la citada Resolución, e incluirá los siguientes datos para cada curso:

§ Modalidad y Nivel
§ Referencia de la instalación
§ Fechas de homologación e impartición
§ Relación de alumnos matriculados y aprobados, incluyendo nombre, apellidos, DNI y titulación.
La primera relación deberá llevar la referencia que se indica a continuación:


General dirigir CRGD/ 1229/1
General operar CRGO/1230/1
Dental dirigir CRDD/1231/1
Dental operar CRDO/1232/1

Las sucesivas relaciones se referenciarán de forma correlativa.


10. La Sociedad Española de Física Médica extenderá, por duplicado, un certificado de aptitud, (se adjunta modelo), para el interesado y archivo, respectivamente, con el nombre, dos apellidos y DNI a todas aquellas personas que hayan superado el curso.

11. El primer curso que se imparta, dentro de cada modalidad, tendrá el carácter de curso piloto, por lo que al finalizar el mismo y, de acuerdo con los resultados obtenidos, se establecerán las correcciones oportunas a la documentación docente y se remitirá una copia del texto al Consejo de Seguridad Nuclear.

12. La Sociedad Española de Física Médica, queda obligada a mantener actualizado el plan docente, en lo referente a la evolución de la normativa, de las técnicas aplicadas o de las recomendaciones del Consejo de Seguridad Nuclear.

13. El Consejo de Seguridad Nuclear podrá inspeccionar en cualquier momento la realización de los planes previstos en el protocolo y el cumplimiento de las especificaciones de este Anexo y de la Resolución de 5 de noviembre de 1992.

Al efecto, la entidad organizadora remitirá al Consejo de Seguridad Nuclear, con al menos quince días de antelación a la fecha de inicio de los cursos, su cronograma, con la distribución diaria y horaria de todas las clases teóricas y de las prácticas programadas para cada uno de los grupos en que se distribuirá a los alumnos para su impartición, la base de preguntas de examen a utilizar y la identificación de la instalación y los medios disponibles para la realización de las prácticas.

14. Si se produjese alguna modificación del citado cronograma, antes o durante su impartición, deberá ser comunicada de inmediato indicando las causas que la han motivado.

15. El Consejo de Seguridad Nuclear podrá revocar la homologación concedida cuando se compruebe el incumplimiento de las condiciones en base a las que se otorga.

16. La Sociedad Española de Física Médica podrá solicitar la renovación de la homologación dos meses antes de que finalice el plazo para el que se concede.


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